class="contentpane"> Día Internacional de los Derechos Humanos
Lunes, 10 de Diciembre de 2018 09:57
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derechos humanosCelebra el mundo 70 años de vigencia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Cada 10 de diciembre, desde hace 70 años, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), se celebra el Día Internacional de los Derechos Humanos.

El documento histórico que proclamó los derechos inalienables inherentes a todos los seres humanos, sin importar raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, propiedades, lugar de nacimiento ni ninguna otra condición, se ha traducido a 500 idiomas.

Esta declaratoria sintetiza contextos jurídicos y culturales de todo el orbe, y expone valores universales y un ideal común para todos los pueblos y naciones. Además, establece que todas las personas tienen la misma dignidad y el mismo valor.

De la Declaración Universal se han derivado tratados internacionales y leyes nacionales que reconocen esos derechos, y en México el derecho a un ambiente sano es uno de ellos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por ejemplo, reconoce en su artículo 4º. el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y precisa que el Estado garantizará el respeto a este derecho, y que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Estipula, asimismo, que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, derecho que garantizará el Estado.

Indica que la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Un instrumento de primera importancia en materia de derecho ambiental es la LEEGPA, que define al ambiente como: “El conjunto de elementos naturales y artificiales, o inducidos por el hombre, que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados (artículo 3, fracción I).

Al reconocimiento del derecho humano a un ambiente sano concurren la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Aguas Nacionales y la Ley General de Organismos Genéticamente Modificados, entre otras, y sus respectivos reglamentos, además de una serie de normas oficiales mexicanas.

Fuente: Semarnat

Día Internacional de los Derechos Humanos

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Cada 10 de diciembre, desde hace 70 años, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), se celebra el Día Internacional de los Derechos Humanos.

El documento histórico que proclamó los derechos inalienables inherentes a todos los seres humanos, sin importar raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, propiedades, lugar de nacimiento ni ninguna otra condición, se ha traducido a 500 idiomas.

Esta declaratoria sintetiza contextos jurídicos y culturales de todo el orbe, y expone valores universales y un ideal común para todos los pueblos y naciones. Además, establece que todas las personas tienen la misma dignidad y el mismo valor.

De la Declaración Universal se han derivado tratados internacionales y leyes nacionales que reconocen esos derechos, y en México el derecho a un ambiente sano es uno de ellos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por ejemplo, reconoce en su artículo 4º. el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y precisa que el Estado garantizará el respeto a este derecho, y que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Estipula, asimismo, que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, derecho que garantizará el Estado.

Indica que la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Un instrumento de primera importancia en materia de derecho ambiental es la LEEGPA, que define al ambiente como: “El conjunto de elementos naturales y artificiales, o inducidos por el hombre, que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados (artículo 3, fracción I).

Al reconocimiento del derecho humano a un ambiente sano concurren la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Aguas Nacionales y la Ley General de Organismos Genéticamente Modificados, entre otras, y sus respectivos reglamentos, además de una serie de normas oficiales mexicanas.

Fuente: Semarnat